martes, 16 de febrero de 2016

Documento adjunto del decreto con las disposiciones para el funcionamiento del nuevo Tribunal para las Causas de Nulidad en Matrimonios

Habiéndose constituido en esta Diócesis el Tribunal Diocesano para las causas de Nulidad con Decreto de 13 de Diciembre de 2015, en uso de mi jurisdicción ordinaria vengo a manifestar las siguientes disposiciones para este Tribunal:

1.- A partir de la fecha de este Decreto, y a tenor del C. 1483 del CIC, sólo podrán actuar en este Tribunal Diocesano los abogados y procuradores que de manera estable sean aprobados por el Obispo Diocesano, y en algún caso excepcional y motivado, algún otro abogado o procurador al cual se le aprobaría su actuación “Ad Casum”. Los abogados incluidos en dicho elenco serán al mismo tiempo los encargados de ejercer el patrocinio gratuito, siendo el Vicario Judicial quien asigne a cada uno dichas causas.

2.- En ningún caso la situación económica será impedimento para la realización del proceso de declaración de nulidad. Teniendo presente lo anterior, se ruega a todos los fieles, especialmente a los que mayores recursos económicos puedan tener, que en la medida de sus posibilidades, contribuyan con su adecuado donativo para el sustento del Tribunal, así como para ayudar a los gastos de los procesos de aquellas personas que peor situación económica puedan tener. El Tribunal tendrá una tabla orientativa para dichos donativos voluntarios.

3.- Establezco que los honorarios para los abogados que actúen en este Tribunal no excedan de los 2000 Euros para el Proceso Ordinario y 1000 Euros para el Proceso Breve.

4.- Al mismo tiempo, y para cumplir con las disposiciones que el Papa Francisco ha propuesto en el documento “Mitix Iudex Dominus Iesus”, constituyo el Departamento Pastoral del Tribunal Diocesano, para que bajo la dirección del Vicario Judicial, y contando con un equipo multidisplinar de seglares y clérigos aprobados por el Ordinario del lugar, pueda encargarse de la acogida pastoral e investigación pre-judicial de aquellas personas que solicitan el servicio de este Tribunal.

Para que así conste, lo firmo y sello con el refrendo del Secretario General-Canciller de este Obispado en Jerez de la Frontera a 9 de Febrero de 2016.