miércoles, 15 de marzo de 2017

Decreto edicto del Obispado

En uso de mi jurisdicción ordinaria a tenor del C.391 del CIC, y con vistas a evitar una posible indefensión o desconocimiento de las citaciones, decretos, sentencias y otros actos judiciales y administrativos de esta Curia Diocesana tal y como se recoge en el C. 1509&1 y el Art. 132&2 de la Instrucción “Dignitas Connubii” del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, por el presente dispongo que los actos judiciales y administrativos anteriormente citados, una vez agotados los medios ordinarios de comunicación y hechas las debidas diligencias, puedan ser  publicados con efecto de citación o comunicación válida a través del emplazamiento por Edicto por medio de uno de los tablones de comunicación establecidos en la Sede del Obispado o del Tribunal Eclesiástico, e incluso por medio de su publicación en la página Web Oficial de este Obispado de Asidonia-Jerez.

Para que surta los efectos oportunos y entre en vigor desde este mismo momento, lo firmo y sello con el refrendo del Secretario      General-Canciller de este Obispado, en Jerez de la Frontera a 3 de Marzo de 2017.


Por mandato del Sr. Obispo

Secretario General-Canciller