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viernes, 1 de marzo de 2019

Suprimido por decreto del obispo el pleno de hermanos mayores de Jerez sobre la banda de música que enfrenta a Nazareno y Llagas


Monseñor Mazuelos considera que no es necesaria la reunión convocada para esta noche e insta a la Unión de Hermandades a continuar trabajando por el consenso entre las dos hermandades afectadas

Jerez, 1 de marzo de 2019.- “Ante la problemática suscitada entre la Pontificia, Real, Antigua, Venerable y Piadosa Hermandad y Archicofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno, Santo Crucifijo, Nuestra Madre y Señora del Traspaso, Apóstoles San Andrés y San Juan y San Juan Grande, y la Hermandad y Cofradía de Nazarenos de las Sagradas Cinco Llagas de Cristo, Nuestro Padre Jesús de la Vía-crucis y María Santísima de la Esperanza relativa a la banda de música, creo que no es necesario la celebración de un Pleno extraordinario en el que se puede dar lugar a debatir, determinar o abordar la forma de procesionar de una hermandad”.

Así comienza el decreto firmado por monseñor José Mazuelos Pérez, obispo de Asidonia-Jerez, y dado a conocer a unas horas vista del pleno de hermanos mayores que había sido convocado para este noche por el consejo local de la Unión de Hermandades para intentar dilucidar cómo resolver la controversia surgida durante estos días entre estas dos cofradías que harán estación de penitencia a la Santa Iglesia Catedral durante la madrugada del próximo Viernes Santo. Añade el pastor que “la Unión de Hermandades no tiene potestad para poner ni quitar elementos propios de la idiosincracia de una hermandad”.

El decreto dice que “la Unión de Hermandades tiene la obligación de favorecer y colaborar en la búsqueda de un consenso entre ambas hermandades, teniendo presente que dicho consenso no puede alterar la idiosincracia y las reglas de ninguna hermandad”. Y en la parte dispositiva del texto anuncia la supresión de este pleno del 1 de marzo e invita al órgano que coordina a las hermandades y cofradías de Jerez a seguir facilitando el acuerdo entre ambas corporaciones penitenciales.




miércoles, 15 de marzo de 2017

Decreto de modificaciones en la Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías

Para ejercer una aplicación justa y misericordiosa de las penas canónicas, siempre dirigidas a ser remedio espiritual de los fieles, en uso de mi jurisdicción ordinaria a tenor del C.391 del CIC, vengo a modificar algunos artículos de la Normativa Diocesana de HH y CC. Las modificaciones son las siguientes:

1.- El Art.90&2 quedara desde ahora redactado de la siguiente manera:

“El cese temporal de un hermano quedará establecido por el tiempo que se estime oportuno atendiendo a todas las circunstancias que concurran en el caso.”

2.- Teniendo presente que en la Iglesia nadie puede ser condenado a perpetuidad, a partir de este momento el término “Cese perpetuo” queda sustituido en dicha Normativa por el término “Cese indefinido” con el significado jurídico que el nuevo termino conlleva.


Para que surta los efectos oportunos y entre en vigor desde este mismo momento, lo firmo y sello con el refrendo del Secretario General-Canciller de este Obispado, en Jerez de la Frontera a 3 de Marzo de 2017.

Por mandato del Sr. Obispo




Secretario General-Canciller

Decreto edicto del Obispado

En uso de mi jurisdicción ordinaria a tenor del C.391 del CIC, y con vistas a evitar una posible indefensión o desconocimiento de las citaciones, decretos, sentencias y otros actos judiciales y administrativos de esta Curia Diocesana tal y como se recoge en el C. 1509&1 y el Art. 132&2 de la Instrucción “Dignitas Connubii” del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, por el presente dispongo que los actos judiciales y administrativos anteriormente citados, una vez agotados los medios ordinarios de comunicación y hechas las debidas diligencias, puedan ser  publicados con efecto de citación o comunicación válida a través del emplazamiento por Edicto por medio de uno de los tablones de comunicación establecidos en la Sede del Obispado o del Tribunal Eclesiástico, e incluso por medio de su publicación en la página Web Oficial de este Obispado de Asidonia-Jerez.

Para que surta los efectos oportunos y entre en vigor desde este mismo momento, lo firmo y sello con el refrendo del Secretario      General-Canciller de este Obispado, en Jerez de la Frontera a 3 de Marzo de 2017.


Por mandato del Sr. Obispo

Secretario General-Canciller